El objeto de estas bases es establecer los criterios y requisitos para la concesión de ayudas del Programa Bono del Pueblo Autónomo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el marco del Plan Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Subvención para el aguinaldo del trabajador autónomo.
1. Para la mejora de la competitividad de la actividad empresarial o profesional de los beneficiarios de esta orden, se podrá conceder una subvención del 80 % de la actividad a subvencionar con un límite máximo de 3.000 euros de ayuda para todas las actividades subvencionables, y el resto del gasto será a cargo del beneficiario.
2. Esta ayuda tendrá dos líneas de actuación:
Línea 1, mejorando la competitividad a través de los siguientes servicios:
• Plan estratégico de negocio.
• Plan de reorientación empresarial.
• Plan de refinanciación.
• Plan de marketing.
• Plan de eficiencia energética.
• Plan de biodiversidad.
• Plan de comunicación empresarial.
• Plan de transformación digital.
También se podrán subvencionar otros estudios y planes destinados a incrementar la competitividad de la empresa.
Línea 2, mejorando la competitividad a través de las siguientes inversiones:
• Compra de maquinaria.
• Compra y/o instalación para mejorar la eficiencia energética.
• Inversiones para reponer combustibles fósiles o materiales críticos o escasos.
• Compra de utensilios y herramientas.
• Reforma de locales comerciales.
• Equipo de computadora.
• Equipamiento de oficina y/o negocio.
• Etiquetas.
• Aplicaciones informáticas, páginas web, apps y redes sociales.
• Diseño de la marca.