Convocatoria de subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias para la adquisición de los bienes informáticos y los medios técnicos
Consellería del Medio Rural
EXTRACTO de la Orden de 26 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias para la adquisición de los bienes informáticos y los medios técnicos necesarios para el desarrollo de sus actividades, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR321B).
BDNS (Identif.): 692190.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en esta orden las siguientes entidades:
1. Las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas en Galicia que concurrieron a las elecciones a las cámaras agrarias que tuvieron lugar el 26 de mayo de 2002, según lo recogido en la disposición transitoria única de la Ley 1/2006, de 5 de junio, del Consejo Agrario Gallego.
2. Las asociaciones agrarias, con ámbito de actuación provincial o autonómico, legalmente constituidas de acuerdo con la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, con código de actividad 811 «Agricultura, ganadería, silvicultura, caza, pesca», de acuerdo con el Real decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.
Segundo. Objeto
El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras para conceder ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición de los bienes informáticos y los medios técnicos necesarios para el desarrollo de sus actividades y convocarlas para el ejercicio presupuestario 2023.
Tercero. Bases reguladoras
Estas ayudas se otorgarán al amparo de lo dispuesto en la Orden de 26 de abril de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias para la adquisición de los bienes informáticos y los medios técnicos necesarios para el desarrollo de sus actividades, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR321B).
Cuarto. Importe
Importe total de la convocatoria: 130.000 euros.
Los fondos disponibles para pagar las subvenciones se asignarán en dos partidas:
a) Partida 1, para subvencionar a las organizaciones profesionales agrarias, dotada con el 45 % del crédito.
b) Partida 2, para subvencionar a las asociaciones agrarias, dotada con el 55 % restante del crédito.
La cuantía de las ayudas será del 50 % de los costes subvencionables y de hasta un límite máximo de 30.000 euros para un beneficiario de la partida 1 y de 15.000 euros para un beneficiario de la partida 2.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 26 de abril de 2023
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20230509/AnuncioG0426-260423-0002_es.html