https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=TR341Q
El objetivo de estas bases es establecer los criterios y requisitos para la concesión de las ayudas del Programa de Bonificación de Trabajadores Autónomos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Subvención del bono para autónomos
- Con objeto de mejorar la competitividad de la actividad empresarial de los beneficiarios de esta orden, se podrá conceder una subvención del 80% de la actividad a subvencionar, con un límite máximo de 3.000,00 euros de ayuda por el conjunto de actividades subvencionadas y el resto del gasto será por cuenta del beneficiario.
- Esta ayuda tendrá como línea de actuación, la mejora de la competitividad, a través de las siguientes inversiones:
- Compra de maquinaria.
- Compra y/o instalación para mejorar la eficiencia energética.
- Inversiones para la reposición de combustibles fósiles o materiales críticos o escasos.
- Compra de utensilios y herramientas.
- Reforma de local comercial.
- Equipos informáticos.
- Equipo de oficina y/o comercial.
- Etiquetas.
- Aplicaciones informáticas, páginas web, apps y redes sociales.
- Diseño de marca.
En el caso de la adquisición, construcción, rehabilitación y mejoramiento de bienes inventariables, el beneficiario deberá destinar los bienes al destino específico para el cual se otorgó el subsidio, el cual no podrá ser inferior a cinco años cuando se trate de bienes registrables en un registro público, o a dos años para el resto de los bienes.
En el caso de rehabilitación de local comercial, se excluye de las ayudas el domicilio habitual del trabajador autónomo, salvo que se acredite que es imprescindible para el desarrollo de la actividad empresarial. - Definiciones: Compra de maquinaria: conjunto de máquinas o bienes de equipo a través de los cuales se realiza la extracción o elaboración de productos Compra y/o instalaciones para la mejora de la eficiencia energética: toda aquella compra de productos e instalaciones que reducen la energía consumo, que va desde el cambio de sistemas de iluminación hasta cambios de maquinaria o instalaciones Inversiones para la sustitución de combustibles fósiles o materiales críticos o escasos: esto significa el cambio de máquinas e instalaciones de energías fósiles a energías limpias Compra de utensilios y herramientas : conjunto de utensilios o herramientas que pueden ser utilizados independientemente o junto con la maquinaria, incluidos los moldes.Reforma de local comercial: se refiere a obras de técnica sencilla y poca entidad constructiva y económica. Suele consistir en pequeñas obras de mejora y reparación, decoración o decoración, que no modifican la estructura constructiva. Se entiende por establecimiento el centro de trabajo declarado en los anexos, o cuya actividad sea el comercio al por menor fuera de los establecimientos comerciales permanentes, y otras actividades vinculadas a ferias y eventos, quedando excluida la vivienda habitual del trabajador autónomo. : se consideran equipos informáticos a los efectos de esta orden tabletas o similares, ordenadores personales de sobremesa, ordenadores portátiles, equipos de red, escáneres y similares Equipos y/o mobiliario de oficina: se considerará equipo de oficina cualquier elemento que pueda ser utilizado en un entorno de trabajo, tales como impresoras, trituradoras de papel y otros similares, y por mobiliario, el conjunto de mobiliario utilizado para la actividad normal de la empresa, tales como mesas, sillas, estanterías, mostradores y vitrinas.Etiquetas para empresas: carteles físicos identificar los negocios y su ubicación, o cuya actividad sea el comercio al por menor fuera del establecimiento espacios comerciales permanentes, y otras actividades vinculadas a ferias y eventos.
Aplicaciones informáticas, páginas web, apps y redes sociales: cantidad pagada por la titularidad o derecho de uso de programas informáticos. También incluye los costes de creación y desarrollo de las páginas web que adquiera la empresa, siempre que su uso esté previsto para varios años, la creación y desarrollo de aplicaciones, así como los costes de creación y mantenimiento de las mismas, y con la condición de la previsión de uso durante varios ejercicios, así como apoyo a la creación y diseño de participación en redes sociales.Diseño de marca: creación de un símbolo compuesto por imágenes o letras/caracteres que sirve para identificar un negocio y todo lo relacionado con él.En ningún caso se considerarán elegibles los teléfonos móviles y los smartphones. Se excluye la adquisición de bienes y servicios que puedan ser considerados como bienes por los cuales la empresa obtenga beneficios de acuerdo con su actividad. - A través de esta ayuda se subvencionarán los gastos incurridos a partir del 1 de enero de 2023 y hasta la fecha de la solicitud de ayuda, efectivamente justificados, mediante facturas y documentos bancarios que acrediten su pago, no teniendo la consideración de gastos subvencionables los impuestos indirectos, al igual que el caso del IVA, cuando sean objeto de recuperación o compensación, según el artículo 29.8 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
- Los servicios e inversiones deberán ser contratados con proveedores que se dediquen a la actividad objeto del subsidio.
- Las administraciones laborales competentes, en sus respectivos ámbitos de gestión, garantizarán el pleno cumplimiento de «no causar daño sensible» (principio «no causar daño sensible-DNSH») y el etiquetado verde y digital, de conformidad con lo dispuesto en la Plan de recuperación, transformación y resiliencia, aprobado por el Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021 y en el Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y resiliencia , en todas las fases de diseño y ejecución del proyecto.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de una declaración responsable del cumplimiento del principio de “no causar un daño sensible”, en el sentido establecido en el número 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, según formulario incluido en la convocatoria debidamente cumplimentada por la entidad solicitante. Dicha declaración responsable del principio de “no causar un daño significativo” (principio “no causar un daño significativo-DNSH”) se realizará según el modelo contenido en el Anexo III, siguiendo las directrices contenidas en la Comunicación de la Comisión Europea (2021/ C 58/ 01), Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un daño sensible” en el marco del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.