Consellería do Medio Rural
ORDEN de 11 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del uso de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, financiadas con el instrumento de recuperación de la Unión Europea (EURI) en el marco del Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y están convocadas para el año 2023 (código de trámite MR351A).
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20230726/AnuncioG0426-110723-0002_gl.html
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto íntegro puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas
– Cooperativas agrarias
– Cooperativas de uso de maquinaria en común (CUMA).
– Cooperativas comunitarias de explotación de tierras de 5 o menos años de antigüedad.
– SAT a partir de la fusión de al menos dos participaciones, en los últimos 5 años naturales.
Segundo. Objeto
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en el marco del Programa de Desarrollo Rural (en adelante, PDR) de Galicia 2014- 2020, financiado con el instrumento de recuperación de la Unión Europea (EURI), con una participación del 100% de los fondos de la UE, dentro de la medida 4 Inversiones en activos físicos, submedida 4.18 Apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias, así como su convocatoria para el ejercicio 2023.
Para ello, se subvencionarán las siguientes inversiones:
a) Maquinaria agrícola.
b) Estudios de viabilidad técnico-económica.
No serán subvencionados:
a) La mera reposición o adquisición de maquinaria de segunda mano o usada.
b) IVA y otros impuestos.
c) Las inversiones en maquinaria o equipo relacionado con la transformación y comercialización de productos agrícolas o forestales o máquinas de escasa trascendencia para los fines de todos los integrantes del grupo.
d) Maquinaria y equipo forestal.
e) Picadoras de forraje con un uso previsto inferior a 500 horas al año.
f) La maquinaria para la aplicación de aspersión mediante sistemas de placa, abanico o cañón.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 11 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del uso de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia financiadas con el Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (EURI) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y están convocados para el año 2023 (código de trámite MR351A).
Cuarto. Importe
Se destinará un crédito de 7.800.000 euros para la concesión de las subvenciones convocadas.
El importe de la ayuda que se concederá a cada beneficiario será del 35% de los costes subvencionables, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 50% en función de la aplicación de los siguientes criterios:
– 5% en el caso de inversiones en áreas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas enumeradas en el artículo 32 del Reglamento (UE) 1305/2013.
– 10% para inversiones colectivas cuando el beneficiario provenga de una fusión de cooperativas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 11 de julio de 2023