Primero. Beneficiarios.
- Podrán acceder a la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente resolución los miembros de los grupos operativos de la AEI constituidos para el efecto de desarrollo de un proyecto innovador. Segun la redacción del artículo 35 del Reglamento 1305/2013, del 17 de diciembre de 2013, en la iniciativa de cooperación deberán intervenir, como mínimo, dos actores. Los grupos operativos estarán formados, por lo menos, por una entidad relacionada con la producción agrícola o forestal, incluidas las entidades interprofesiones del sector. Tendrá preferencia la participación de un centro de innovación, investigación o tecnológico de naturaleza pública o privada. Tanto las entidades como los centros mencionados anteriormente podrán acceder a la condición de beneficiarios.
- Podrán incorporarse también y acceder a la condición de beneficiarios:
- a) Entidades o personas físicas relacionadas con la producción agrícola o forestal, incluidas las entidades interprofesionales del sector.
- b) Centros de innovación, investigación o tecnológicos de naturaleza pública o privada.
- c) Entidades sin ánimo de lucro que promuevan la investigación, la innovación y el desarrollo del medio rural, así como las que desarrollen actividades de promoción, asesoramiento, dinamización o financiación de proyectos en los ámbitos agrario o forestal.
- d) Entidades asesoras en la conservación o uso sostenible de los recursos naturales.
- e) Otras entidades asesoras con intereses reconocidos en el ámbito rural.
Segundo. Objeto.
Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá a concesión dé las subvenciones para la ejecución de proyectos de grupos operativos de la Asociación Europea da Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, y convocar estas ayudas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para el año 2022. Su código de procedimiento é MR331B.
En ningún caso se financiarán proyectos de investigación básica o fundamental ni investigaciones independentes.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución del 30 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la ejecución de proyectos de los grupos operativos de la asociación europea de innovación (AEI), cofinanciadas con el fondo europeo agrícola de desarrollo rural (FEADER) en el marco del programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2022. (Código de procedimiento MR331B).
Cuarto. Importe,
- La financiación de las iniciativas de cooperación seleccionadas al amparo de esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 14.A2.561A.770.0, código de proyecto 201600417, por un valor total de 6.127.330,00 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: 919.099,50 € en 2022, 3.676.398,00 € en 2023 e 1.531.832,50 € en la anualidad 2024.
De acuerdo con el artículo 25.2 del Decreto 11/2009, del 8 de enero, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión de las subvenciones.
- De acuerdo con artículo 31.2 da Ley 9/2007, del 13 de junio, y con el artículo 30.2 de su reglamento, aprobado por el Decreto 11/2009, del 8 de enero, se podrán utilizar otros remanentes que pudiesen existir de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio. Dicha aplicación presupuestaria podrá ser incrementada con fondos adicionales comunitarios, estatales y de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Las ayudas están financiadas con fondos Feader en un 75 %, con fondos propios de la Xunta de Galicia en un 22,5 % y con fondos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en un 2,5 %.
La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes presentadas y de la disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con los criterios de priorización establecidos en el artículo 18 de la resolución.
La intensidad de la ayuda a la ejecución de proyectos de grupos operativos de la AEI será del 100 % de los gastos subvencionables.
La cuantía máxima subvencionada en cada iniciativa de cooperación será de 180.000 euros. La cuantía máxima por entidad beneficiaria no podrá exceder los 180.000 euros.
Quinto. Obligación de relacionarse electrónicamente.
Tanto la presentación de las solicitudes de ayuda como los demás trámites necesarios para la gestión de este procedimiento administrativo se harán a través de medios electrónicos, en los términos previstos en las bases reguladoras.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes es de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG.